jueves, 31 de enero de 2013

TRATADO DE PAZ Y AMISTAD 1904


Tratado de Paz y amistad entre La República de Bolivia y La República de Chile.
Firmado en Santiago el 20 de octubre de 1904. 

  • Fue aprobado por el Gobierno de Bolivia el 11 de noviembre de 1904 y Ratificado 10 marzo de 1905 por el Gobierno de Bolivia el  y el 5 de febrero de 1905  por el Gobierno de Chile.
  • Firmado por en ese entonces Presidente de Bolivia Alberto Gutierrez, un Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia en Chile y el Presidente de Chile Emilio Bello Codecido y su Ministro de Relaciones Exteriores.
Formado de 12 artículos en los que se estipula:
  • Artículo 1º 
"Restablece las relaciones de paz y amistad entre la República de Bolivia y la República de Chile, terminando, en consecuencia el régimen establecido por el Pacto de Tregua."
 
  • Artículo 2º 
Este estipula el reconocimiento del dominio de Chile sobre los territorios ocupados, que están señalados en el Artículo 2 del Pacto de Tregua, de 4 de Abril de 1884.
Marcando así el limite de Sur a Norte entre Bolivia y Chile.
  • Artículo 3º 
Estipula la unión del puerto de Arica con el Alto de La Paz, y la construcción del ferrocarril.
  • Artículo 4º
Remuneración por parte del Gobierno de Chile al Gobienro de Bolivia.
  • Artículo 5º
Se habla del pago de indemnizaciones a favor de las compañías mineras, y los usos de los créditos.
  • Artículo 6º
Reconocimiento de los derechos de tránsito por el territorio de Chile y puertos del Pacífico, de Bolivia.
  • Artículo 7º
Derecho de Bolivia a construir Aduanas en los puertos designados.
  • Artículo 8º
Sobre el comercio entre Bolivia y Chile.
  • Artículo 9º
Los requisitos para la exportación de productos manufacturados de Chile.
  • Artículo 10º
Los requisitos para la exportación de productos manufacturados de Bolivia.
  • Artículo 11º
Bolivia tendrá un año de plazo para poner en vigencia el arancel y regularizar el tránsito.
  • Artículo 12º
"Todas las cuestiones que llegaren a suscitarse con motivo de la inteligencia o ejecución del presente Tratado, serán sometidas al arbitraje de su Majestad el Emperador de Alemania."

"Las ratificaciones de este tratado serán canjeadas dentro del plazo de seis meses y el canje tendrá lugar en la Ciudad de La Paz."

EL TRATADO COMPLETO PUEDE SER ENCONTRADO 

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